Uno de los principales objetivos de Bourgeois Fincas es informar a los usuarios de los cambios producidos en la nueva Ley Hipotecaria 2020 de manera fácil y sencilla. Como hemos mencionado en numerosos artículos, en los últimos años, la Ley Hipotecaria se ha modificado para ofrecer mejores condiciones a las personas respecto a las hipotecas.
Es por este motivo que a continuación comentaremos la información más relevante relacionada con el Artículo 31. Éste, trata sobre la información y la publicidad del registro y se encuentra en la segunda Sección sobre Intermediarios de crédito inmobiliario.
¿En qué consiste la publicidad registral?
A través del concepto de publicidad registral se hace referencia a una modalidad de comunicación muy utilizada en el ámbito inmobiliario ya que a través de esta información se garantiza validez en los diferentes hechos jurídicos.
De esta manera, la publicidad del registro consiste en un conjunto de procedimientos a través de los cuales se puede obtener información sobre un bien o inmueble en concreto. La información recogida en la publicidad registral es pública, por lo que se entiende que es un registro público. De esta manera, toda persona que lo solicite puede acceder a la información que contenga los libros del registro.
Además, es importante mencionar que a través de este tipo de publicidad se pueden establecer requisitos o condiciones para las posibles operaciones que se realicen sobre los inmuebles.
Tipos de publicidad registral
Actualmente, la publicidad registral se puede clasificar en dos grandes ámbitos:
Publicidad de registro material
El primer tipo de publicidad registral es la denominada como material, y ésta, consiste en un conjunto de derechos establecidos que proporciona la inscripción y que por lo tanto, beneficia al individuo que realiza el escrito. De esta manera, la persona se encuentra protegida por la presunción de integridad.
Publicidad de registro formal
El segundo tipo de publicidad de registro que podemos encontrar es el que se denomina como publicidad formal. A través de este tipo, se ejemplifica la función principal del registro poniendo a disposición de los ciudadanos una determinada información de interés público.
¿Dónde se puede solicitar la información y publicidad de registro?
Como hemos mencionado anteriormente, la información recogida en el Registro de la Propiedad está disponible para cualquier persona que, con un motivo justificado, solicite acceder a la información expuesta.
De esta manera, aquellas personas que quieran solicitar la información y publicidad de registro deberá acudir al Registro Territorial o al Registro Central donde se haya realizado previamente la inscripción.
De esta manera, el Registro Territorial es la organización competente para realizar la tramitación y resolución de las determinadas solicitudes que se realicen para poder obtener la información y la publicidad del registro.
Por otro lado, el Registro Central se encarga de tramitar las solicitudes para la publicidad registral de diferentes Comunidades Autónomas.
¿Cómo se solicita la publicidad registral?
Finalmente, queremos mencionar también los diferentes pasos a seguir para realizar la solicitud de publicidad registral en el Registro tal y como hemos mencionado anteriormente.
Actualmente, la atención presencial está suspendida temporalmente por lo que las consultas se realizan mediante correo electrónico. De esta manera, existen diferentes maneras para poder presentar la solicitud en el Registro.
- Enviando el modelo de solicitud por correo ordinario.
- De manera telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.
- Mediante el Registro Electrónico Común.
Si necesitas más información sobre el Artículo 31 y la publicidad registral, no dudes en contactar con nosotros, ¡estaremos encantados de poder ayudarte!