En este artículo se recoge la información acerca de las obligaciones de comunicación y registro de los representantes designados.
Como vimos en el artículo 38, un representante designado es la persona física o jurídica determinada por el intermediario de crédito inmobiliario para realizar sus actividades en su nombre.
Cuando ocurre esa designación- es decir, el intermediario determina un representante – este artículo nos indica que existe una obligación de comunicar la inscripción del representante en el registro por parte del intermediario de crédito inmobiliario.
¿Cómo se debe realizar la comunicación de los representantes designados?
Este artículo nos indica que los intermediarios de crédito inmobiliario comunicarán al registro conforme al artículo 28 de dicha Ley que estipula que:
En primer lugar, debemos tener en cuenta que es el Banco de España o el órgano competente de la comunidad autónoma quien asume la gestión del registro.
El Banco de España se encargará cuando:
- Se opere con prestatarios cuyos domicilios se encuentren en distintas Comunidades Autónomas o se sitúe en todo el Estado siempre y cuando su sede central se encuentre en España. Esto será independiente a que se opere en otros Estados por sucursal o en régimen de libre prestación.
- Cuando los intermediarios de crédito inmobiliario vayan a operar en España.
En cambio, será la Comunidad Autónoma la que se encargue de la gestión del registro cuando los prestatarios estén domiciliados en una única Comunidad Autónoma.
En el artículo 28 además se indica que en el caso que sea una persona jurídica el intermediario de crédito inmobiliario este debe tener su administración central en su domicilio social. Puede ocurrir que no sea una persona jurídica o que no tenga su domicilio social en España, en estos casos su administración central deberá estar en el Estado en el que ejerza las actividades principales.
Por último, es importante saber que en cuestión de cooperación e intercambio de información es el Banco el único punto de contacto.
Tras analizar el artículo una cosa es clara, siempre que se asigne a un representante designado se debe comunicar e inscribir en el registro.
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