Prórroga del contrato de alquiler

prorroga contrato de alquiler

Sobre la prórroga del contrato de alquiler

La cuestión de la prórroga del contrato da para otra conversación de más. Y es que en estos casos hay que tener claros los tiempos en los que nos movemos. Si han transcurrido como mínimo 3 años de contrato y ninguna de las partes notifica nada, el contrato se prorrogará por lo menos un año más. Ahora, por lo tanto, no es prioritario pero si se llegara a ese punto en el calendario, mi amigo debería decidir qué quiere hacer.

Otro asunto importante es saber que, a pesar de la prórroga del contrato de alquiler, sigue siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estaban sometidas las partes. Por eso es muy importante que mi amigo, desde el primer momento, entienda todas las cláusulas de este documento y no tenga dudas antes de firmar. Para eso cuenta conmigo, claro.

Ley de Arrendamientos Urbanos

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