Determinación de la renta ¿Cuánto pueden cobrarme de alquiler?
En el Artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos queda especificado todo lo referente a la determinación de la renta.
¿Cuánto me pueden cobrar de alquiler? ¿Dónde puedo pagar el alquiler? ¿Cuándo debo pagar el alquiler? o incluso ¿Me tiene que dar un recibo cuando pago el alquiler? Son preguntas que gracias a este artículo de la LAU podrás responder.
Antes de empezar a desgranar este parte tan importante de la Ley de Alquileres Española es muy importante que veamos literalmente a qué nos enfrentamos:
Artículo 17. Determinación de la renta.
- La renta será la que libremente estipulen las partes.
- Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta.
- El pago se efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada.
- El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo del pago, salvo que se hubiera pactado que éste se realice mediante procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el arrendatario.
Enlace al Artículo: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003&tn=1&p=20150331#a14
El recibo o documento acreditativo que lo sustituya deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago y, específicamente, la renta en vigor.
Si el arrendador no hace entrega del recibo, serán de su cuenta todos los gastos que se originen al arrendatario para dejar constancia del pago.
-
En los contratos de arrendamiento podrá acordarse libremente por las partes que, durante un plazo determinado, la obligación del pago de la renta pueda reemplazarse total o parcialmente por el compromiso del arrendatario de reformar o rehabilitar el inmueble en los términos y condiciones pactadas. Al finalizar el arrendamiento, el arrendatario no podrá pedir en ningún caso compensación adicional por el coste de las obras realizadas en el inmueble. El incumplimiento por parte del arrendatario de la realización de las obras en los términos y condiciones pactadas podrá ser causa de resolución del contrato de arrendamiento y resultará aplicable lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 23.
Preguntas frecuentes sobre las subidas del precio del alquiler
Ahora que ya hemos visto qué dicta este Artículo de la LAU resumamos su contenido respondiendo algunas preguntas sobre alquileres que suelen aparecer:
¿Cuánto me pueden cobrar de alquiler?
Respondiendo a esta pregunta el coste de un alquiler será igual a lo que las partes implicadas pacten.
¿Cuándo debo pagar el alquiler?
El alquiler se paga dentro de los 7 primeros días del periodo a facturar.
¿Pueden pedirme que pague por adelantado mi alquiler?
Esta completamente prohibido exigir el pago por adelantado en concepto de alquiler de vivienda. Ejemplo: Estando a 6 de Enero del 2019 no pueden exigirte el pago del alquiler del mes de Febrero.
¿Dónde debo pagar el alquiler?
El alquiler se paga donde las dos partes acuerden, si bien es cierto que lo habitual es transferencia bancaria sería legal pagar el alquiler en metálico siempre y cuando el casero (arrendador) te entregue un recibo en el que conste los datos personales de los dos, la firma de los dos, la cantidad pagada y los conceptos abonados separados. Por ejemplo, en un recibo de pago de alquiler deberán aparecer los siguientes conceptos:
- Alquiler mes X del año – XX,XX €
- Impuesto Basuras – XX,XX €
- Agua – XX,XX €
- Luz – XX,XX €
- Gas – XX,XX €
¿Puedo pagar el alquiler arreglado la casa?
SI, el pago del arrendamiento mediante trabajo de mejora en la vivienda arrendada está permitido siempre que sea pactado por las dos partes por escrito.