Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

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Uno de mis compañeros de trabajo acaba de tomar la primera decisión del año. Después de meses de antelación , ha decidido que se independiza. Ya tiene su próximo destino. 

Ya tiene la llave. Y, sobre todo, la ilusión de empezar esta nueva etapa en la que ha alquilado un apartamento en uno de sus barrios favoritos de la ciudad. 

Además también tiene algunas dudas a causa de su desconocimiento en temas legales. Es lógico. No es abogado y no tiene por qué saberlo todo.

Lo que sí sabe es lo que le preocupa y que, en definitiva, es lo mismo que a la gran mayoría de los ciudadanos que deciden alquilar: no entender el contrato, saber qué se puede pactar, cómo se regula el desistimiento, la duración del contrato, las mensualidades de renta… En definitiva, mi compañero solo quiere hacer las cosas bien.

Por eso, he decidido acompañarle en este viaje y compartir con él toda la información necesaria para ir cerrando incógnitas. Desde hace unos años, trabajo como administrador de fincas y mi experiencia con los casos en los que he sido testigo, será mi mejor recurso. Además, me gusta que las personas se sientan tranquilas y eso es lo que quiero conseguir en este reto. Si tú también quieres saber más sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), únete a nosotros y descubre que no todo es tan complicado como parece.

Puedes leer el preámbulo de la LAU en BOE.es.

Si necesitas un servicio de administración de fincas que te ayude en los trámites, puedes contactar con nosotros y te acompañamos.

Servicios de administración de fincas

 

Título 1. Ámbito del real decreto ley

No entiendo muchos de los artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos, la ley de alquiler de viviendas, y me gustaría salir de dudas. Esto fue lo primero que me dijo un compañero después de anunciarme que había alquilado un piso. A partir de ese momento, lo tuve claro. Yo sería el encargado de demostrarle que no es tan complicado como parece. Solo es cuestión de sumergirse dentro. Eso es precisamente lo que haremos a partir de ahora. ¿Nos acompañas?

 

Título 2. De los arrendamientos de vivienda

Apartado donde hablaremos sobre los contratos de alquiler y el mercado de arrendamientos.

Capítulo 1. Normas generales

Capítulo 2. De la vigencia del contrato

Capítulo 3. De la renta

Capítulo 4. De los derechos y obligaciones de las partes

Capítulo 5. De la suspensión, resolución y extinción del contrato

 

Título III. De los arrendamientos para uso distinto del de vivienda

 

Título IV. Disposiciones comunes

 

Título V. Procesos arrendaticios

  • Artículos 38 a 40 (Derogados)
    • Disposición adicional primera. Régimen de las viviendas de protección oficial en arrendamiento.
    • Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley Hipotecaria.
    • Disposición adicional tercera. Depósito de fianzas.
    • Disposición adicional cuarta. Ayudas para acceso a vivienda.
    • Disposición adicional quinta. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    • Disposición adicional sexta. Censo de arrendamientos urbanos.
    • Disposición adicional séptima. Modificación Ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje.
    • Disposición adicional octava. Derecho de retorno.
    • Disposición adicional novena. Declaración de la situación de minusvalía.
    • Disposición adicional décima. Prescripción.
    • Disposición transitoria primera. Contratos celebrados a partir del 9 de mayo de 1985.
    • Disposición transitoria segunda. Contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985.
    • Disposición transitoria tercera. Contratos de arrendamiento de local de negocio, celebrados antes del 9 de mayo de 1985.
    • Disposición transitoria cuarta. Contratos de arrendamiento asimilados celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985.
    • Disposición transitoria quinta. Arrendamiento de viviendas de protección oficial.
    • Disposición transitoria sexta. Procesos judiciales.
    • Disposición derogatoria única. Disposiciones que se derogan.
    • Disposición final primera. Naturaleza de la ley.
    • Disposición final segunda. Entrada en vigor.
    • Disposición final tercera. Publicación por el Gobierno de los Índices de Precios al Consumo a que se refiere esta ley.
    • Disposición final cuarta. Compensaciones por vía fiscal.

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