Desde el Gobierno se realizó un plan de ayudas al alquiler debido a la situación producida por el Covid-19. El pasado mes de octubre se decidió ampliar hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo para la concesión de ayudas al alquiler. A continuación, desde Bourgeois Prime os queremos proporcionar toda la información necesaria respecto a las ayudas al alquiler por Coronavirus para que, en caso de necesitar esta ayuda, tengas toda la información a tu disposición.
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ToggleRequisitos para solicitar la ayuda en el alquiler durante el coronavirus
Una de la información más importante a tener en cuenta son los diferentes requisitos que se deben cumplir para poder solicitar la ayuda en el alquiler durante el coronavirus. Estos requisitos, se especifican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y son los siguientes:
- El inquilino o algún miembro que pertenezca a la unidad familiar debe encontrarse en una situación vulnerable y que ésta, haya sido producida por la crisis actual del Covid-19. Se entiende que las personas que están sufriendo situaciones vulnerables son aquellas que están desempleadas, en un ERTE o en un ERTE de media jornada. Es importante comentar que también tiene derecho a solicitar esta ayuda aquellos empresarios y autónomos que hayan perdido una gran cantidad de ingresos.
- También, se deberá tener en cuenta que ningún miembro de la unidad familiar puede tener otra vivienda en propiedad o usufructo.
- Otro de los requisitos importantes es que el beneficiario no debe superar el límite del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual que actualmente se encuentra en 537,84 euros al mes.
- Finalmente, otro de los requisitos es que pueden solicitar la ayuda aquellas personas cuya renta y teniendo en cuenta los gastos y suministros básicos resulte superior o igual al 35% de los ingresos neto.
¿Quién no puede solicitarlo?
Consideramos necesario e importante comentar aquellas que personas que no podrán solicitar este tipo de ayudas:
- La persona titular del contrato de una vivienda situada en el territorio español.
- Si la persona titular del contrato dispone de recursos económicos suficientes para poder hacer frente a los próximos pagos.
- No podrá solicitar la ayuda aquella persona titular del contrato de viviendas gestionadas en este caso por administraciones públicas o entidades sin ánimo de lucro cómo podría ser la Agencia de la Vivienda en Cataluña.
¿Cómo solicitar esta ayuda?
Para poder solicitar esta ayuda, será necesario acreditar la situación de vulnerabilidad económica ocasionada por el Covid-19. Para ello, será necesario entregar el certificado de situación legal de desempleo en el que se indica la cantidad que se recibe como prestación. Podrás encontrarlo en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o por el contrario, si eres empresario o autónomo, deberás pedir en la Agencia Tributaria el certificado de cese de actividad.
Además, deberás entregar una nota simple donde figure la titularidad de los bienes que pertenecen a la persona que solicita la ayuda. De esta manera, se pretende comprobar que se cumple uno de los requisitos comentando anteriormente, concretamente, el que el beneficiario demuestra que no es propietario de una vivienda.
Finalmente, se necesita firmar una declaración responsable en la que se confirma y asegura que la persona que va a recibir la ayuda cumple con todos los requisitos exigidos.
También, es necesario comentar que esta ayuda al alquiler por coronavirus la gestiona cada Comunidad Autónoma por lo que si deseas solicitarla, deberás acudir al servicio de la vivienda de la comunidad en la que residas para presentar la documentación necesaria y poder así solicitar el préstamo.
¿Qué documentos son necesarios para la ayuda del alquiler por Covid-19?
Tras haber comentando toda la información más relevante y cómo solicitar esta ayuda, queremos comentar también qué documentos son necesarios para la ayuda del alquiler por Covid-19.
- Deberás presentar el contrato de alquiler a nombre de la persona que solicite la ayuda.
- El libro de familia o el documento equivalente en el que conste la unidad familiar.
- Los recibos del alquiler pagados en los meses de enero, febrero y marzo de 2020.
- En el caso de aquellos pagos vencidos o no pagados, se deberá detallar el importe de la deuda y los meses correspondientes.
- Si por el contrario la persona que solicita la ayuda está al corriente del pago de las rentas del alquiler, deberá aportar el recibo bancario.
- Presentar la última nómina previa a la presentación de la solicitud.
- En el caso de estar en ERTE, presentar el certificado de la empresa que acredite esa situación.
- En el caso de que se haya reducido la jornada laboral, se deberá aportar también una declaración donde se muestre el motivo de la reducción de la jornada y los ingresos.